Triple lesbicidio: La Ciudad debe dar vivienda a la sobreviente

Un fallo de la Justicia ordena al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires garantizar una vivienda digna a Sofía Castro Riglos. Se trata de la mujer víctima y sobreviviente del triple lesbicidio en un hotel familiar de Barracas.

La orden es para que mujer tenga el acceso a una vivienda en condiciones dignas y con urgencia. Así lo dice el fallo del Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso, Administrativo y Tributario N° 23.

El juez Francisco Javier Ferrer consideró probada la situación de vulnerabilidad de la demandante y otorgó un plazo de dos días para que se la incluya en un programa habitacional. En sus fundamentos detalla las condiciones de desigualdad que enfrentan las personas LGBTIQ+ en el acceso a la vivienda, enumera legislación local e internacional y cita a las autoras Judith Butler y Monique Wittig.

“Es muy importante este fallo porque hace responsable al gobierno, en este caso al Gobierno de la Ciudad, de reparar el daño ocasionado por la ausencia e indiferencia del Estado hacia la vida de las chicas. Se trata de un hecho político”, expresó Alejandra Rodríguez, integrante del colectivo transfeminista y anticarcelario Yo no fui, que acompaña a Sofía.

La decisión judicial se informó el 11 de diciembre, en respuesta a la medida cautelar solicitada por Sofía Castro Riglos. Y ordenó que el gobierno porteño garantice a Sofía “el acceso a una vivienda en condiciones dignas, incluyéndola en un programa habitacional que le permita atender el valor actual del mercado”.

También consideró que el GCBA puede dar cumplimiento de la orden a través de un medio diferente al subsidio habitacional, “siempre que no sea un parador u hogar, y que garantice la satisfacción del contenido mínimo del derecho (…) hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo”. La sentencia -que aun no es firme- se desprende de la causa “CASTRO RIGLOS, SOFÍA CONTRA GCBA SOBRE AMPARO – HABITACIONALES”.

El magistrado cita la ley local de protección integral y garantía integral de los derechos de las personas en situación de calle y en riesgo a la situación de calle (N° 3706) del 2011. Y la ley 2957 que creó el Plan Marco de Políticas de Derechos y Diversidad Sexual en el ámbito de la Subsecretaría de Derechos Humanos del gobierno porteño. Dos normativas de la Ciudad que deberían impactar en Sofía.

Es importante l fallo observa desde una perspectiva interseccional -aunque no lo mencione así- las violencias estructurales que vive el colectivo LGBTIQ+. Es decir, reconoce que existen distintos factores que generan condiciones de desigualdad (la pobreza, la orientación sexual, la falta de vivienda).

Sofía Castro Riglos

 

Es una mujer de 50 años. Creció en una familia de clase media, terminó el secundario e inició estudios terciarios y universitarios, pero nunca pudo tener un trabajo formal. En 2016, la casa donde vivía con su madre y su hijo, fue rematada y quedó sin techo. Ella y su familia vivieron en hoteles y paradores, alternando periodos de situación de calle.

Los últimos años estuvo en pareja con Andrea Amarante y convivió con ella y dos amigas, Pamela Cobbas y Roxana Mercedes Figueroa, en una pieza del Hotel Canarias, en el barrio porteño de Barracas. En la noche del 5 de mayo de este año, un vecino de ellas, Justo Fernando Barrientos, lanzó un explosivo casero dentro de la habitación. Tras el ataque de odio, Andrea, Pamela y Roxana fallecieron, quedando Sofía como la única sobreviviente.

Ella estuvo internada un mes en el Instituto del Quemado de la Ciudad y recibió visitas de parte del equipo del Hospital Nacional Laura Bonaparte -que sufrió un intento de cierre en octubre pasado- para tratar los problemas de salud mental que presenta por lo vivido.

La acompañan organizaciones como la Asamblea de Lesbianes Autoconvocades por la Masacre de Barracas, YoNoFui y No tan distintes. Desde la Asamblea realizaron una colecta que permitió solventar los gastos de Sofía hasta octubre.

Frente a la situación de vulnerabilidad en la que se encuentra, Sofía había iniciado una acción de amparo al Gobierno de la Ciudad. Pidió que se le otorgara una solución habitacional definitiva, que le garantice condiciones dignas, seguras y adecuadas de habitabilidad.

A partir de la sentencia, el gobierno porteño la incorporó a un programa para recibir un amparo habitacional que le permita solventar los gastos de su hogar. Vive en Casa Andrea, una vivienda colectiva y comunitaria junto a otras siete compañeras.

La sentencia de Ferrer profundiza en la problemática que enfrenta Sofía. Reconoce que el ataque que recibió fue por su orientación sexual (por ser lesbiana), algo que no consideró y se le viene reclamando al juzgado que lleva la investigación del crimen de odio. Este fallo además ahonda en la situación de vulnerabilidad social y habitacional en la que se encontraba.

“Celebramos que la Justicia reconozca el derecho a una reparación para Sofía que incluya garantizar su derecho a la vivienda”, reflexionó la activista María Rachid, integrante de la FALGBT y titular del Instituto contra la Discriminación de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires. “El Estado, ante casos como estos, sean femicidios o crímenes de odio, tiene que reparar a las víctimas y garantizarles sus derechos humanos como a todo el mundo, pero en casos donde se vio vulnerada su integridad física, aún más”.

 

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