La Ley Ómnibus de Javier Milei incluye el traspaso de la Justicia nacional a CABA

La Ley Ómnibus que presentó este miércoles el presidente Javier Milei en el Congreso de la Nación incluye el traspaso de la Justicia nacional a la Ciudad de Buenos Aires.Será en un plazo máximo de tres años.

El artículo 439 instruye al Poder Ejecutivo nacional “a impulsar todos los actos y suscribir los acuerdos que sean necesarios para que se efectivice la transferencia de la Justicia nacional a la CABA ”.Al asumir como jefe de Gobierno porteño , Jorge Macri expresó que era uno de sus compromisos de gestión. Será instrumentado a través de su ministro de Justicia, Gabino Tapia. Será en un plazo máximo de tres años.

 

Qué dice la reforma constitucional de 1994

La reforma constitucional de 1994 en su artículo 129 le otorgó la autonomía a la Ciudad de Buenos Aires. La CABA, por su parte, estableció en 1996 su propia Constitución y, en su artículo 106, dispuso que contará con un Poder Judicial que conocerá y decidirá en todas “las causas que versen sobre puntos regidos por ella, por los convenios que celebre la Ciudad, por los códigos de fondo y por las leyes y normas nacionales y locales, así como también organizar la mediación voluntaria conforme la ley que la reglamente. Ejerce esta competencia, sin perjuicio del juicio por jurados que la ley establezca”, consigna el Centro de Implementación de Políticas Públicas para la Equidad y el Crecimiento (CIPPEC).

“En materia penal se optó por diversas leyes-convenios entre la CABA y la Nación que transpasaron delitos específicos a la CABA. Mientras tanto, los jueces nacionales mantuvieron sus cargos y competencias en los delitos no traspasados. Por su parte, la justicia nacional no penal se mantuvo prácticamente inalterada”, repasa la entidad.

La voz del Consejo de la Magistratura

El Consejo de la Magistratura de la CABA explicó sobre el proceso del traspaso judicial tras la reforma constitucional de 1994: “Cuando hablamos de la transferencia de la Justicia nacional a la órbita de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, nos referimos a que los conflictos cotidianos que se susciten en esta última ciudad pasen a ser resueltos por su propio Poder Judicial, por sus jueces, sus defensores, sus fiscales y sus asesores tutelares. Esto es así en todas las provincias del país. Un robo, la determinación del daño en un accidente de tránsito ocurridos en cualquier barrio porteño recaen actualmente en jueces nacionales muy aptos en términos de conocimiento jurídico, pero que están sobrecargados en su tarea. Incluso algunos juzgados están vacantes y deben ser subrogados. Todo esto dilata la resolución de causas que hacen a la necesidad en la vida diaria de los porteños”.

“En todas las provincias de nuestra república las controversias judiciales se resuelven directamente por los jueces locales competentes, pero en la Ciudad de Buenos Aires, esto aún no sucede. Y va en detrimento de la autonomía y del propio vecino al cual como funcionarios tenemos la obligación de garantizarle el cumplimiento de las leyes y de poner en foco sus derechos y sus anhelos, ya que son ellos los verdaderos destinatarios de Justicia”, agregaba el organismo local.

Véase también

https://www.vecinosycomunas.com.ar/2023/12/23/el-gobierno-confirmo-que-el-dnu-regira-desde-el-29-de-diciembre/

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *