Alivio fiscal a sanatorios y gastronómicos de la Ciudad

La Legislatura porteña aprobó dos leyes propuestas por el Gobierno porteño que establecen exenciones impositivas a favor del sector privado de salud y en beneficio de comercios dedicados a la venta de bebidas y comidas.

Por un lado, se exime del pago de los impuestos sobre Ingresos Brutos (IIBB) por servicios de internación a los efectores de salud del sector privado (clínicas, sanatorios y similares), correspondiente a los anticipos de mayo y junio de 2021. No están comprendidos en este beneficio los institutos de salud mental.

Por otra parte, se exime del pago del gravamen de IIBB durante mayo, junio y julio 2021 a los comercios de venta o servicios de alimentos y bebidas, ya fuere con atención en mesas, en el mostrador, al paso, “fastfood” o expendio de helados. Incluye los rubros catalogados en el Nomenclador de Actividades Económicas del Sistema Federal de Recaudación (NAES) con los siguientes códigos: 561011, 561012, 561013, 561014, 561019 y 561030.

Tanto para el caso de las internaciones en sanatorios cuanto en lo referido a gastronomía, se mantiene la obligatoriedad de presentar las declaraciones juradas como se debe hacer regularmente. A su vez, las leyes aclaran que la Agencia Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) podrá solicitar información a los contribuyentes a fin de efectivizar el paliativo fiscal.