Hasta el momento, Villa Santa Rita es el único barrio porteño que no cuenta con un espacio verde para su comunidad. Luego de históricos reclamos, se empezará a construir una plaza en el terreno ubicado en la calle Alvarez Jonte al 3200.
Hasta allí, llegó el Jefe de Gobierno, Horacio Rodríguez Larreta, para recorrer el predio: “aquí va a estar la primera plaza de Villa Santa Rita, que era un reclamo de los vecinos desde hace muchos años. Es una alegría para la gente y otro paso adelante en esa tarea que siempre nos fijamos como objetivo prioritario: garantizar nuevos espacios verdes y de recreación para el disfrute de los vecinos en todos los barrios de la Ciudad”.
La propuesta para construir la plaza empezó a tomar forma y a transformarse en realidad en el mes de marzo pasado. Allí, la Legislatura aprobó por unanimidad el proyecto que autorizó al Gobierno de la Ciudad a adquirir el lote con el objetivo de destinarlo a este fin.
El predio tiene un total de 1.757 metros cuadrados, de los cuales casi 1.200 van a cubrirse con superficies de césped, lomadas de paisajismo y canteros con plantas herbáceas y gramíneas. Además, habrá áreas de permanencia, un patio de juegos y espacios de reunión.
Rodríguez Larreta estuvo acompañado durante la recorrida por el secretario de Desarrollo Urbano, Alvaro García Resta, la secretaria de Atención Ciudadana y Gestión Comunal, Julia Domeniconi, y el presidente de la Comuna 11, Nicolás Mainieri.
Así lo dice la ley
Las Comisiones de Planeamiento Urbano y de Presupuesto, Hacienda, Administración Financiera y Política Tributaria se encargaron del texto de la ley, que en su artículo 1° aconseja ”Declarar de utilidad pública y sujeto a expropiación, el inmueble sito en la Avenida Álvarez Jonte N° 3.222/24/32 identificado catastralmente como Circunscripción 15, Sección 79, Manzana 145a, Parcela 4a, de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 238 (Texto consolidado por Ley N° 6.588)”.
El 2°, señala: “El inmueble individualizado en el Artículo 1º de la presente Ley será afectado a la Secretaría de Atención Ciudadana y Gestión Comunal, con destino a la creación de un espacio verde de uso público, acceso libre y gratuito”.
En el 3° se decide que “La determinación del precio de los bienes sujetos a expropiación se hará de acuerdo a la tasación del Banco de la Ciudad de Buenos Aires, según lo establecido por el artículo 11 de la Ley N° 238 (Texto consolidado por Ley N° 6.588)”.
Y por último, se sancionó que “los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley se imputarán al Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos correspondiente al Ejercicio vigente”.