El poder Ejecutivo interpondrá una demanda ante la justicia para declarar nulos los decretos del año 2018 que ratificaron los acuerdos de renegociación con Autopistas del Sol S.A y Grupo Concesionario del Oeste S.A. Argumentan que comprometen al Estado con una deuda millonaria lesiva a los intereses de las y los usuarios
Por eso, la Dirección Nacional de Vialidad presentará ante la justicia una acción de lesividad para que se declaren nulos los decretos 607 y 608 firmados durante la gestión del expresidente Mauricio Macri.
Además, el objetivo principal de esos acuerdos desvirtúa los contratos originales que surgieron de un procedimiento de licitación, cumpliendo con los principios de igualdad según la Ley N° 25.561 de 2002.
Concesiones “sin peajes”
En los decretos firmados por el gobierno anterior también se les reconocieron a las concesionarias intereses capitalizables y beneficios respecto del pago de Impuesto a las Ganancias. Y se dolarizaron los Contratos de Concesión, en franca colisión con la pesificación dispuesta por la mencionada Ley de Emergencia.
A su vez, se fijó un mecanismo de actualización tarifaria automática semestral, más una actualización cada vez que el índice del CER superara el 10%. Y se eliminó la prohibición establecida en los contratos originales respecto de que una misma persona jurídica pudiera ser accionista del concesionario y de otra empresa titular de Concesiones Viales otorgadas por el concedente.
Para hacer frente a este pretendido aumento, el Gobierno Nacional fijó en febrero de este año una tarifa 20 veces menor que lo que establecía el acuerdo.
Detalles del acuerdo
Además, las concesionarias reciben millones de dólares en forma directa por la explotación de las estaciones de servicio que hay en ambos accesos. Pero, por el acuerdo de 2018, eso no cuenta para cancelar la deuda, lo que representa un ingreso adicional para las concesionarias.
Por otra parte, las obras en los accesos no se financian con la tarifa de peaje, sino con fondos públicos. La tarifa pretendida en su casi totalidad es en beneficio propio, no para brindar servicios a las y los usuarios.
Por otra parte, en los decretos también se estableció que todo conflicto sería arbitrado con el Reglamento de la Cámara de Comercio Internacional. Esto significa la renuncia a la soberanía jurisdiccional del Estado Nacional.
Dado que el Poder Ejecutivo no tiene facultad de rescindir estas concesiones, presentará ante la Justicia una acción para declar nulos los decretos mencionados. Señalan la presencia de numerosos vicios que nulifican de manera absoluta e insanable los Acuerdos de Renegociación. Además, en todos los casos se fijaron ventajas inaceptables para los concesionarios y desventajas muy gravosas para el Estado y usuarios.