Para la Defensoría resulta imperioso señalar que las autoridades involucradas están obligadas a suministrar las explicaciones que este caso exige, acompañar y brindar apoyo a los afectados y dar cuenta de las acciones que en forma preventiva se adoptaron y las que se adoptarán, lo que sin lugar a dudas permitirá conocer los verdaderos valores que inspiran a la institución policial. Esta tarea debe ser emprendida con la mayor celeridad posible, puesto que como se dijo más arriba, este hecho interpela a sus damnificados directos y a la comunidad toda.
En ese marco, la Defensoría solicitó poner el contenido de los considerandos precedentes en conocimiento del ministro de Justicia y Seguridad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Marcelo D´Alessandro, y del jefe de la Policía de la Ciudad, Comisionado General Gabriel Oscar Berard.
Asimismo, recomendó al ministro D´Alessandro que:
-Disponga las medidas necesarias con el objetivo de iniciar sin dilación un procedimiento destinado a esclarecer los hechos y evaluar el desempeño de los efectivos de la Policía de la Ciudad que participaron del operativo efectuado.
-Disponga el cambio de situación de revista del personal policial involucrado, como medida preventiva.
-Remita a esta Defensoría del Pueblo el informe circunstanciado relativo a los hechos denunciados, así como la nómina del personal interviniente en el operativo policial desplegado e informe situación de revista actual y cuál es la formación profesional.
-Informe las características y particularidades de los controles vehiculares desplegados en la Ciudad, con especial referencia a las circunstancias, motivos y objetivos ponderados en su génesis e implementación y, en particular, motivos y fundamentos por los que el personal policial actuaría sin ningún tipo de identificación.
-Informe las funciones que se encontraba cumpliendo el personal policial involucrado al momento del suceso, en particular los motivos por los cuales se encontraban sin ningún tipo de identificación.
Al mismo tiempo, la Defensoría requirió al Juzgado interviniente información acerca del estado del proceso así como también de las medidas cautelares que se hubieran adoptado con relación a los presuntos autores del hecho.