La Ciudad aprobó tres leyes destinadas a aliviar la carga fiscal sobre sectores cuyas actividades se ven restringidas como consecuencia de la emergencia sanitaria.
Las actividades en gimnasios, natatorios y afines quedan libradas de la obligación de pagar los anticipos de Impuestos a los Ingresos Brutos correspondiente a los meses de junio y julio de 2021, según la norma aprobada en la Legislatura de la CABA en base a proyectos de VJ y FdT. Se trata de los rubros que figuran como “Servicios de Acondicionamiento Físico” y “Explotación de actividades deportivas” (códigos 931050 y 931020 en el Nomenclador de Actividades Económicas del Sistema Federal de Recaudación). También regirá esta excepción para los guías de turismo que estén debidamente registrados.
Gimnasios y similares también gozarán de la liberación del pago de las cuotas de junio y julio de Impuesto Inmobiliario y tasa de ABL. Quienes ya hayan abonado los anticipos de IIBB o hayan efectuado el pago anual de II y ABL, serán compensados con un crédito fiscal equivalente.
Se mantiene para todos los casos la obligación de presentar las declaraciones juradas y demás formalidades establecidas.
Otro sector comprendido en los paliativos fiscales es el de las actividades culturales, mediante una ley propiciada por el diputado Roy Cortina (PS). Incluye a cines, teatros, locales bailable clase C, centros culturales y academias de danzas.
En este caso, el beneficio es la exención de Inmobiliario y ABL correspondientes a junio, julio y agosto de 2021. Al efecto, deberán estar habilitados o autorizados para los rubros pertinentes o estar inscriptos en IIBB en los casos que correspondiere. También se otorgará crédito fiscal equivalente para los supuestos de pago anual ya realizados.
No tendrán obligación de pagar Inmobiliario y ABL de junio, julio y agosto y rigen similares requisitos y disposiciones que en los demás casos.