Ley de Alivio Fiscal para entidades sin fines de lucro, micro y pequeñas empresas

La semana pasada fue publicada en el Boletín Oficial de la República Argentina la ley 27653, denominada de Alivio Fiscal, que condona deudas para entidades sin fines de lucro, micro y pequeñas empresas y personas humanas consideradas pequeños contribuyentes con deudas inferiores a cien mil pesos, entre otros.

Esta ley determina la condonación de deudas tributarias, aduaneras y de la seguridad social, líquidas y exigibles vencidas hasta el 31 de agosto de 2021 correspondientes a:

-las ganancias de las instituciones religiosas; las cooperativas de trabajo y escolares; las entidades que conforman el Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios; las bibliotecas populares; los clubes de barrio y las entidades civiles de asistencia social, caridad, beneficencia, literarias y artística, así como aquellas organizaciones y asociaciones sin fines de lucro de pueblos originarios y las relacionadas con el fomento rural.

-Micro y pequeñas empresas y personas humanas y sucesiones indivisas que sean consideradas pequeños contribuyentes, incluidos monotributistas y con efecto exclusivo para deudas tributarias, aduaneras y de la seguridad social, liquidas y exigibles, al 31/08/2021 que sean inferiores a $ 100.000, consideradas en su totalidad.

Es importante destacar que la condonación alcanza al capital adeudado, intereses resarcitorios y/o punitorios y/multas y demás sanciones. Pero, no comprende: aportes y contribuciones destinados al Régimen Nacional de Obras Sociales; las cuotas destinadas a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART); las retenciones y percepciones practicadas y no ingresadas.