La Defensoría General de la Nación apeló el sobreseimiento de Macri

La Justicia ordenó el sobreseimiento del jefe de Gobierno y demás funcionarios de su administración involucrados en la causa del Hospital Borda, por la represión de la Policía Metropolitana del 26 de abril de este año.

La causa que investiga las responsabilidades políticas por la represión de la Policía Metropolitana en el Hospital Borda el 26 de abril de 2012 beneficio a ocho funcionarios del Gobierno porteño, empezando por el jefe de Gobierno.

 

Respecto a los hechos de violencia, el operativo contó con más de 200 efectivos que ingresaron de noche al instituto para desalojar a los trabajadores, médicos y pacientes que habían realizado una toma pacífica de las instalaciones del Taller Protegido Nº 19 para evitar su demolición.

De acuerdo con las denuncias que están en el expediente, contaron con la coordinación de la propia Vidal, e implicaron un despliegue represivo de cuatro horas dentro del Borda, con disparos de balas de goma, aplicación de gas pimienta y la detención de una treintena de profesionales, pacientes y periodistas.

La decisión adoptada por el juez nacional de instrucción en lo criminal Jorge Adolfo López, también implica a la vicejefa de Gobierno, María Eugenia Vidal; y al jefe de Gabinete Horacio Rodríguez Larreta, junto con los ministros de Justicia y Seguridad, Guillermo Montenegro; de Desarrollo Urbano, Daniel Chain; de Salud, Graciela Reybaud; y al jefe y subjefe de la Metro, Horacio Giménez y Ricardo Pedace, por considerar que “no existen elementos mínimos objetivos ciertos concretos y directos que conlleven a atribuirles algún tipo de participación criminal en lo ocurrido en el predio“.

Con firma del titular del juzgado nacional de instrucción 30, la disposición tiene 76 páginas, y cierra la primera parte del expediente que nació durante la tarde de ese 26 de abril, con las denuncias de una decena de legisladores, funcionarios, asesores tutelares y defensores de oficio que accionaron contra los ocho funcionarios por los delitos de “torturas y apremios ilegales”, castigados por el artículo 144 del Código Penal, presuntamente cometidos contra 32 personas, entre ellos, seis pacientes del neuropsiquiátrico.

La primera respuesta del magistrado fue desestimar las imputaciones y caratuló la causa contra los acusados como averiguación de “presunto abuso de autoridad, lesiones leves contra 32 damnificados y lesiones graves contra uno”. Durante el procedimiento, el juez López les tomó indagatoria a algunos de los funcionarios acusados, como los ministros Chain y Reybaud, aunque también llamó a testimoniar a los trabajadores del hospital que el Gobierno porteño quería querellar en calidad de “damnificado”.

López iba a darle esa posibilidad a la Procuración porteña, pero la Sala IV de la Cámara del Crimen le negó ese recurso al Estado local porque “instauraría en la pesquisa una incompatible asunción de roles antagónicos, como es la de ser los funcionarios públicos imputados y a la vez acusadores”.

Tras las declaraciones de los trabajadores que habían sido señalados por los querellantes como víctimas, el juez liberó de cargo y culpa a las principales cabezas del Gobierno porteño y de la Metropolitana, pero se concentró en el comisionado Martín Roth, quien corría entre la primera línea policial y los manifestantes, disparando balas de goma arriba de la cintura y con una cercanía menor al medio metro. Fue procesado por lesiones leves y se le trabó un embargo por 5000 pesos.

Por esta resolución, la Defensoría general de la Nación , conducida por Stella Maris Martínez apeló el sobreseimiento de Macri

El organismo representa a tres pacientes del Hospital Borda que sufrieron lesiones graves durante la represión.

Vecinos y Comunas se comunicó con la Defensoría General de la Nación, quien confirmó la presentación de la apelación a esta resolución “porque ese operativo violó los Derechos Humanos por haber afectado a población particularmente vulnerable”, explica Carolina Brandada, integrante de ese organismo.

“Que se haya atacado a personas con discapacidad psicosocial, mucha de ellas, privadas de su libertad por estar internadas involuntariamente, y dentro de un establecimiento de salud, constituyen violaciones gravísimas a los Derechos Humanos por parte del Estado”, fundamenta Brandada.

En la resolución, el juez López consideró que “no existen elementos mínimos objetivos ciertos concretos y directos que conlleven a atribuirles algún tipo de participación criminal en lo ocurrido en el predio”. Y solamente procesó al policía de la Metropolitana Jorge Roth, por abuso de autoridad y lesiones leves.

El 26 de abril, mientras la Policía Metropolitana reprimía dentro del Hospital Borda a trabajadores de la salud, pacientes, periodistas y dirigentes, entre otros, la Defensoría General de la Nación interpuso ante la justicia penal nacional un hábeas corpus colectivo, solicitando al Jefe de Gobierno, Mauricio Macri, a los ministros de Justicia y Seguridad, Guillermo Montenegro y de Salud Graciela Reybaud, el resguardo de la integridad psicofísica de las personas, y la no repetición de los hechos represivos en el hospital, en cumplimiento con la Ley Nacional de Salud Mental 26.657. Y la justicia penal nacional dio lugar al habeas corpus.

Carolina Brandada que se encontraba en el Hospital Borda mientras se llevaba adelante el violento operativo de la Metropolitana, asegura que “la represión duró más de cuatro horas y los funcionarios políticos tenían la obligación de ordenar el cese inmediato del operativo por violar los Derechos Humanos y la Ley Nacional de Salud Mental 26.657”, por lo que considera mas que necesaria esta apelación